En el vuelo aéreo de 1956-1957, la Prisión Provincial aparece como un gran recinto cerrado entre la calle Alta y las vías del ferrocarril. Desde arriba se reconocen los muros, varios cuerpos construidos y patios interiores. No es posible asignar a cada uno una función sin los planos originales, pero sí localizar el conjunto con precisión. El edificio ya no existe.

La parcela conserva una descripción administrativa inesperada. Un convenio municipal de 2018 la identifica como calle Alta 95 y reproduce su origen: era parte del clausurado cementerio de San Fernando, reservada para levantar una nueva cárcel. La prisión nació, por tanto, sobre otro espacio borrado y acabó convertida ella misma en solar. 1

Entre ambos vacíos transcurrieron unos setenta y cinco años. El edificio fue proyectado como respuesta moderna a una cárcel antigua, comenzó a funcionar en 1935, atravesó guerra, dictadura y democracia, cerró jurídicamente en 2009 y empezó a demolerse en 2010. Contarlo exige separar esas etapas: compartir muros no hizo equivalentes a las instituciones ni a los regímenes que los utilizaron.

La cárcel anterior estaba en otro lugar

Desde 1819, Santander utilizó como cárcel la antigua Casa de Recogidas de Santa María Egipciaca, cerca de la actual plaza de Juan José Ruano. Había sido concebida para otra función y terminó convertida en establecimiento penitenciario durante más de un siglo. 2

En los años veinte, la sustitución se presentó en la prensa como una mejora de higiene y modernidad. La iniciativa era anterior a la Segunda República, aunque fue durante esta cuando el proyecto llegó a la subasta. Esa secuencia impide adjudicar toda la idea a un único gobierno: hubo una demanda prolongada, gestiones previas y, finalmente, una contratación estatal en 1931.

La autoría técnica sigue abierta. En 1929, el alcalde atribuyó en prensa unos planos al arquitecto «Álvarez Maza». Otra noticia anterior menciona a un técnico llamado Álvarez de Mendoza inspeccionando el terreno. Ninguna referencia sustituye la firma del proyecto. Hasta que aparezcan su memoria y sus planos, convertir cualquiera de esos nombres en autor sería una falsa precisión.

Un proyecto aprobado, subastado y modificado

El anuncio oficial publicado el 8 de agosto de 1931 permite fijar varios hitos. El proyecto había sido aprobado por decreto el 24 de julio; la subasta partía de un presupuesto de contrata de 1.348.495,79 pesetas y el plazo máximo previsto era de treinta meses . La directora general de Prisiones, Victoria Kent, firmó el anuncio. Eso documenta su responsabilidad administrativa en la licitación, no la autoría arquitectónica del edificio. 3

Las obras no siguieron una línea simple. En diciembre de 1933, el Estado aprobó 197.676,44 pesetas adicionales para movimiento de tierras, un forjado y una cámara de aire. Son partidas concretas, no un nuevo presupuesto total ni una explicación completa del retraso. 4

La fecha de apertura se ha repetido de dos maneras. Algunas publicaciones dan 1934; José Simón Cabarga escribió que la nueva prisión se inauguró en 1935. La prensa contemporánea inclina la balanza: el 1 de diciembre de 1934 todavía describía el edificio en construcción y esperaba que pudiera utilizarse unos meses después. 5 6

La formulación más rigurosa es, por ello, menos espectacular: la evidencia consultada sitúa la entrada en servicio en 1935, pero no hemos localizado el acta de recepción, el traslado inicial ni el día exacto de apertura . Proyecto, fin de obra e inauguración pueden además ser hitos distintos.

La arquitectura no determina la institución

La cárcel nueva había sido defendida como moderna e higiénica frente al edificio de Santa María Egipciaca. Esa promesa explica el proyecto, pero no basta para describir lo que ocurrió dentro después de 1935.

Durante la Guerra Civil y la posguerra, la Prisión Provincial fue uno de varios lugares de reclusión y represión en Santander. La Ley de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria enumera por separado Tabacalera, Alcázar, Ramón Pelayo, Salesianos, Oblatas, Salesas y otros centros. También deben distinguirse el buque-prisión Alfonso Pérez y los campos de concentración. 7

Separarlos no es un detalle terminológico. Evita atribuir a la prisión de la calle Alta hechos ocurridos en otro lugar, sumar poblaciones incompatibles o convertir una geografía cambiante en una sola institución. También evita una equivalencia inversa: que el mismo edificio siguiera abierto durante la dictadura y la democracia no vuelve iguales sus marcos jurídicos, sus responsabilidades ni sus prácticas.

Los catálogos de PARES muestran cuánto falta por estudiar. Conservan descripciones de expedientes sobre traslados de funcionarios, comidas, sanidad, obras, guardia interior y movimientos de presos durante los años treinta. Las fichas prueban que esa documentación existe; no permiten narrar su contenido como si ya se hubiera leído. 8

Una experiencia de 1973, no toda la cárcel

Para una época posterior sí existe un testimonio detallado. Jesús Gutiérrez Diego recordó en 2020 su ingreso en la prisión en mayo de 1973. Su relato habla del registro de entrada, los vales del economato, el trabajo, la biblioteca, las visitas vigiladas y la enfermería. 9

Son recuerdos de una persona y de un periodo concreto. No describen automáticamente la experiencia de las mujeres, la prisión de guerra, la posguerra ni las décadas anteriores y posteriores. Leídos con ese límite, permiten pasar de la planta aérea a algunas prácticas cotidianas sin inventar una escena carcelaria genérica.

Un pequeño objeto aporta un contraste material. El Museo de la Prisión de Valdenoceda cataloga un vale de una peseta emitido por el economato de la Prisión Provincial de Santander y lo data de manera amplia entre 1950 y 1980. El vale confirma que existió aquella moneda interna; su margen cronológico no permite vincular la pieza concreta al ingreso de 1973. 10

Cerrar una cárcel no fue apagar una luz

La Orden del Ministerio del Interior de 7 de julio de 2009 clausuró el centro penitenciario de Santander. El Dueso y el nuevo Centro de Inserción Social José Hierro asumieron actividad, servicios y personal. Sin embargo, la misma orden permitió que el edificio continuara temporalmente como departamento de mujeres dependiente de El Dueso. 11

Por eso 2009 es la fecha del cierre jurídico, no necesariamente la del último día de uso. La documentación consultada tampoco permite fijar aquí el último traslado.

La desaparición material llegó por fases. Una información contemporánea situó el inicio de los trabajos el 23 de septiembre de 2010, después de la licencia municipal y con una primera intervención para retirar materiales, incluido amianto. El derribo del muro exterior comenzó en octubre. Esas fechas documentan el arranque, no el día exacto en que terminó toda la obra. 12

En 2018, el Ayuntamiento ya describía la parcela de calle Alta 95 como un inmueble de unos 8.983,80 metros cuadrados , medidos topográficamente, con el edificio de la Prisión Provincial demolido. El documento recordaba además el antiguo cementerio de San Fernando bajo la historia registral del terreno. 1

Cuando el edificio desaparece, el archivo cambia de escala

El derribo eliminó la referencia más visible, pero no cerró la historia. En 2024, el Ministerio de Cultura financió la continuación de un proyecto del Archivo Histórico Provincial de Cantabria para digitalizar expedientes personales de internos de Santander fechados entre 1933 y 1974. 13

Digitalizar no significa publicar sin restricciones. Esos expedientes pueden contener condenas, datos de salud, filiación política y relaciones familiares. Su conservación abre investigación; no elimina las obligaciones de privacidad ni convierte cada dato en material divulgable.

La ortofoto de 1956-1957 permite volver a situar el edificio. El anuncio de 1931 fija la ambición y el coste contractual. Los catálogos describen legajos todavía por consultar. El testimonio de 1973 ofrece una experiencia situada. La orden de 2009 y el expediente de 2018 documentan el cierre y el vacío.

La cárcel de la calle Alta no necesita una leyenda negra para ser una historia difícil. Fue presentada como una reforma, utilizada por sistemas políticos distintos y borrada del paisaje. Lo que queda exige una memoria igualmente precisa: distinguir lugares, fechas, personas y responsabilidades; admitir lo que aún no sabemos; y recordar que un solar vacío puede contener más de una desaparición.

Notas

  1. Ayuntamiento de Santander, acta del Pleno de 22 de febrero de 2018, PDF 6-7. 2

  2. Ayuntamiento de Santander, Camino de Santiago por Santander, p. 35.

  3. Gaceta de Madrid, 8 de agosto de 1931, anexo, p. 179.

  4. Gaceta de Madrid, 9 de diciembre de 1933, p. 1658.

  5. La Voz de Cantabria, 1 de diciembre de 1934, año VIII, núm. 3.049.

  6. José Simón Cabarga, Santander, historia de sus calles, p. 161.

  7. Ley de Cantabria 8/2021, preámbulo IV.

  8. PARES, PS-MADRID,1126,8, y fichas relacionadas 1127,1, 1341,2, 1151,19 y 1061,2.

  9. Jesús Gutiérrez Diego, «Mis prisiones (II)», 2020.

  10. MUPREVA, catálogo 47083.

  11. Orden INT/1878/2009, artículos 1-3 y disposición transitoria.

  12. Europa Press, 29 de septiembre y 11 de octubre de 2010.

  13. Orden CLT/1301/2024, anexo.